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¿Qué hacer ante el cobro abusivo de deudas?

¿Qué hacer ante el cobro abusivo de deudas?

Existe una triste realidad que aqueja a miles de salvadoreños, quienes debido a la grave crisis económica nacional, se han visto incapaces de honrar sus deudas a tiempo, siendo víctimas de una cacería despiadada que ha llegado incluso a afectar su salud personal y la armonía familiar.

¿Qué hacer ante el cobro abusivo de deudas?

A continuación algunos ejemplos de cobros abusivos que tú o tu familia podrían haber experimentado:

  • Amenazas de quitarte hasta las camas de tus hijos o de informar a tus jefes de su situación de morosidad.
  • Visitas o llamadas de hostigamiento persistente, hasta en horas nocturnas o fines de semana, extendiendo su persecución implacable a tus fiadores, familiares e incluso personas que simplemente dieron referencias personales tuyas.
  • Ventilar tu situación de mora con vecinos, parientes y compañeros de trabajo, haciéndote pasar vergüenzas y afectando tu reputación.
  • Pegar rótulos de cobro en la puerta de tu casa o exigirte honrar tu deuda a gritos o con parlantes en tu propio vecindario.
  • Investigar los lugares que más frecuentas (lugar de trabajo o estudios, centro escolar de tus hijos, iglesia, gimnasio, etc.) para continuar su guerra psicológica.
  • Burlas, difamaciones, expresiones irrespetuosas, palabras soeces y todo tipo de actitudes abusivas y hasta extorsivas.

La ley ante el cobro abusivo de deudas

La mayoría de afectados ignoran que todas estas actitudes abusivas definitivamente NO son tolerables por la Ley Protección al Consumidor (LPC).

En efecto, el Literal f) del artículo 18 LPC, prohibe terminantemente:

“Realizar gestiones de cobro difamatorias o injuriantes en perjuicio del deudor y su familia, así como la utilización de medidas de coacción físicas o morales para tales efectos”

Lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades penales en que pudiera llegar a incurrir un gestor de cobros, como en los casos de difamación, calumnia, injuria, amenazas, extorsión, etc.

Lamentablemente la inmensa mayoría de deudores callan y toleran todo este tipo de graves atropellos, ya que inconscientemente los consideran como una “consecuencia inevitable” de su situación de impago, lo cual es un grave error, puesto que su insolvencia económica podría ser tan solo un evento circunstancial y temporal, como en el caso de alguien que ha perdido su empleo, y que en nada justifica la vulneración de sus derechos constitucionales.

Los ciudadanos tienen derecho “al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.” (Art. 2, inciso 2º, Constitución), y a ser su deuda previamente “oída y vencida en juicio con arreglo a las leyes” (Art. 11 Constitución), debiendo mientras tanto ser considerado “inocente mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley y en juicio público” (Art. 12 Constitución).

Límites del embargo de bienes

¿Qué hacer ante el cobro abusivo de deudas?

En cuanto al embargo de bienes por razones de impago de deudas, es esencial entender que nunca puede ser automático y solamente procede como consecuencia de una Orden Judicial, dictada en el respectivo Juicio Ejecutivo, por lo que es totalmente ilegal y delictivo que los gestores de cobro intenten llevarse tus pertenencias a la fuerza o por medio de intimidación o engaño.

En todo caso jamás procederá el embargo de: “mobiliario de la casa, así como las ropas del ejecutado y de su familia.”; “Los libros e instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión, arte u oficio a que se dedique el ejecutado.”; u otros objetos claramente declarados INEMBARGABLES en el Art. 621 del Código Procesal Civil y Mercantil, así como en otras leyes especiales.

Incluso, el embargo del salario, sueldo, pensión, retribución u equivalente que periódicamente reciba una persona, está sujeto a estrictas regulaciones en el Art. 622 del Código antes citado, el cual de entrada lo declara INEMBARGABLE cuando dichos ingresos sean inferiores a dos salarios mínimos urbanos más altos vigentes (actualmente $608.34); fijando a continuación porcentajes específicos de embargo, dependiendo de la cuantía del salario y respetando el porcentaje previamente establecido para responder por otras obligaciones prioritarias, como el caso de las pensiones alimenticias (Art. 262 Código de Familia).

 Denuncia oportunamente

Todo este tipo de abusos, los cuales pueden provenir de gestores de cobros de empresas comerciales, instituciones financieras, prestamistas particulares, usureros, etc.; debes denunciarlos inmediatamente a la Defensoría de Protección al Consumidor ya sea a través del 910, en forma presencial o por medio de su sección Defensoría en línea. Esto una vez que has agotado el recurso de presentarte al lugar donde adquiriste la deuda para explicar tu situación financiera y tratar de buscar opciones para enfrentar el problema.

Lo anterior sin perjuicio de denunciar los hechos a la PNC o a la Delegación de la FGR más cercana, cuando su gravedad ha llegado razonablemente a perfilar un delito.

Sé un consumidor informado y preparado

Conocer nuestros derechos es la mejor manera de defendernos de los cobros abusivos. Te recomiendo leer la Ley de Protección al Consumidor, así como documentar todos los cobros abusivos que recibas por tus deudas: toma fotografías de cartas, documentos y guárdalos para presentarlos. También archiva mensajes de WhatsApp o cualquier tipo de chat, así como los correos electrónicos recibidos, lo cual  puede revelar datos como el horario en el que se ha registrado el cobro abusivo.

Asesoría Jurídica

Como hemos visto, es ilegal el cobro abusivo por deudas. Contáctanos para darte el acompañamiento y servicio de Asesoría Jurídica correspondiente según tu caso ante la Defensoría del Consumidor. Siempre es mejor prevenir que lamentar.

5 comentarios en “¿Qué hacer ante el cobro abusivo de deudas?”

  1. Pingback: ¿Deudas? Reformas que protegen a los consumidores

  2. Saúl Dagoberto Jiménez

    Deseo saber si pueden ayudarme ante problema con CrediQ , yo no pude pagar un vehiculo y se los devolví casi nuevo, ellos ya lo vendieron buen barato y quieren que yo pague el total de la deuda abonando ellos solo lo que recibieron por la venta del vehículo. Eso es demasiado pago y me han dejado sin vehículo y con la gran deuda y cada mes hostigan con el cobro.

    1. Saúl, con mucho gusto, nuestro consejo es que vayas con los documentos respectivos de la deuda, a la Defensora del Consumidor. Saludos

  3. Hola quisieran que me pudieran ayudar hace 3 años saque un celular que vale como 300 pero por pago valía como 500 y pues deje de pagar porque no tengo como hacerlo yo solo ganó 5 dólares en vender dulces y pues soy una persona con acondiplasia y tengo una niña que tiene lo mismo que yo no es hija de sangre pero hija de crianza si y pues no tengo casa vivo con mi compañera de vida y a mi hermano le están cobrando y dicen que si no pago le van a encargar a él o me pueden meter preso me están cobrando mucho los de la agencia way no se que hacer estoy decesperado

  4. Hola. No se que hacer con el acoso de el banco de bogota me pongo al dia y siguen llamando cada 5 minutos . En horas de la noche ,en horas de almuerzo ,domingos y festivos me tienen al borde de la locura. Desesperado

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