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Reformas legales que protegen a los consumidores

Reformas legales que protegen a los consumidores

En nuestro artículo anterior analizamos las prácticas abusivas de muchos acreedores y gestores de cobros, quienes incluso llegan al plano delictivo con sus comportamientos francamente lesivos a la dignidad humana.

Reformas a Ley de Protección al Consumidor

Esta situación ha llegado a ser tan habitual y exasperante que, el pasado 5 de julio,  la Asamblea Legislativa de El Salvador  aprobó por amplia mayoría, un paquete de reformas a la Ley de Protección al Consumidor, tendientes a determinar con precisión conductas u omisiones que vulneran los derechos de los consumidores, en especial en el tema de las deudas, sancionándolas con la severidad que merecen.

Hoy queremos compartir contigo estas actualizaciones que te ayudarán a estar mejor informado y no ser tomado por sorpresa. A continuación, detallamos las reformas:

Reformas legales que protegen a los consumidores
1. No divulgar en medios masivos datos de los deudores

Resalta entre las reformas, por su innegable importancia y actualidad, la prohibición de recurrir a la reprochable práctica de divulgar en medios masivos de comunicación (periódicos, internet, etc.) la fotografía, nombre y datos personales de los deudores; ya que ello indudablemente causa grave vulneración al derecho de toda persona: “al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.” (Art. 2, inciso 2º, Constitución), así como a ser previamente “oída y vencida en juicio con arreglo a las leyes” (Art. 11 Constitución), debiendo mientras tanto ser considerada “inocente mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley y en juicio público” (Art. 12 Constitución).

 En tal sentido, el Art. 18 literal f) de la citada Ley, se reformará de la manera siguiente:

“Art. 18.- Queda Prohibido a todo proveedor: … f) Realizar gestiones de cobro difamatorias o injuriantes en perjuicio del deudor, codeudor, fiador o sus familiares; utilizar medidas de coacción física o morales para tales efectos; así como publicar por cualquier medio de comunicación: nombres, datos personales o fotografías de personas naturales o jurídicas por incumplimiento de sus obligaciones crediticias. Esta prohibición también es aplicable a las personas naturales o jurídicas que se dediquen a gestiones de cobro.”

Reformas legales que protegen a los consumidores
2. Obligaciones de los acreedores o suministrantes de bienes y servicios

Se realizan a fin de garantizar más eficazmente los derechos de los deudores o consumidores. Encontramos por lo  menos 8 obligaciones:

a) Registrar con precisión los pagos que efectúe el consumidor y detallar su destino (abono a capital, abono a intereses, etc.).

b) Proporcionarle a su solicitud y de forma gratuita, por lo menos tres veces al año, el historial de su crédito o el histórico de pago de los servicios financieros o de venta a plazos contratados.

c) Informarle los motivos exactos por los cuales no se le hubiere aprobado un crédito o, en caso de aprobación, proporcionarle un desglose detallado de todos los cargos, recargos, tasa de interés y comisiones asociados al servicio, producto financiero o crédito a contratar, así como el valor de la cuota, el plazo del contrato y el monto líquido a recibir, a efecto de permitirle al consumidor, previo a la contratación, entender el costo total del crédito o servicio.

d) Mantener estricta confidencialidad respecto de los datos personales, información crediticia y detalle de las transacciones del consumidor, debiendo para ello contar con sistemas de resguardo de información seguros y confiables, donde deberá mantener toda la documentación relacionada con tales transacciones, durante un plazo no menor de 10 años.

e) Proporcionarle oportunamente cualquier información o documentación que llegare a solicitarle, con relación a la transacción efectuada.

f) Proporcionarle o incluir en un lugar visible dentro de su sitio web, datos relativos a la identidad del acreedor o suministrante, su nombre comercial y razón social, número de identificación tributaria, dirección para recibir notificaciones, números telefónicos y correo electrónico.

g) Hacer devoluciones de dineros pagados en exceso o cuando el consumidor haya ejercido el derecho de desistimiento, retracto o reversión de pagos.

h) No engañar al consumidor por medio de promociones u ofertas dirigidas a su lugar de domicilio; ni tratar de ofrecerle bienes y servicios sin informarle o exhibir con claridad su precio, etc.

Reformas legales que protegen a los consumidores

Salir de deudas, paz financiera

“…el deudor es esclavo de su acreedor” Proverbios 22.7

Revisamos antes las reformas a la Ley del Consumidor que te protegerán si estás endeudado. Sin embargo, quedarnos hasta allí en este artículo no sería justo. Muchas veces hemos sido enseñados que endeudarnos es un método de financiamiento, pero nadie nos advierte de los peligros del interés para nuestras finanzas.

Entender la deuda te ayudará a salir más rápido de ella. Conoce el método de Bola de Nieve para salir de deudas. Un método muy recomendado por los expertos en finanzas personales, que puede ayudarte a vivir la tan ansiada paz financiera, no sin antes evitar endeudarte.

En el próximo artículo contestaremos algunas respuestas a preguntas frecuentes sobre las deudas y los acreedores.

Estamos para ayudarte

Siempre puedes contactarnos si necesitas que te asesoremos sobre tu caso ante la Defensoría del Consumidor. Comparte tu experiencia con nosotros y buscaremos la mejor forma de asesorarte legalmente.

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