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¿Cómo invertir con seguridad en El Salvador?

¿Cómo invertir con seguridad en El Salvador? (I)

¿Cómo puedo invertir con seguridad en El Salvador, sin tanta carga impositiva y trámites engorrosos?

Varios amigos extranjeros e incluso algunos “hermanos lejanos”  me han hecho esta pregunta muchas veces, cuando hemos tenido la oportunidad de departir cordialmente en algún evento gremial, seminario o festejo familiar. Muy especialmente me han externado su desconfianza en hacer tal tipo de consultas de manera indiscriminada, ya que temen un mal consejo y hasta un abuso de confianza, principalmente en lo que respecta a la usurpación de sus proyectos e ideas innovadoras, o una mala jugada como producto de la insaciable codicia humana.

Mi respuesta ha sido siempre la misma: recurrir directamente al organismo implementado por el Estado, para asesorar y apoyar gratuitamente a aquellos inversionistas que desean apostar a El Salvador como destino idóneo, seguro y exitoso de sus proyectos de inversión.

Se trata de una institución autónoma, legalmente creada y autorizada como Organismo Promotor de las exportaciones y las inversiones en El Salvador, mayormente conocido por su nombre abreviado: PROESA, cuya misión fundamental es la promoción de las exportaciones, la inversión y los asocios público-privados, todo con el objeto de contribuir eficazmente al crecimiento económico del país y a la creación de más y mejores oportunidades de empleos para los salvadoreños.

En el tema que nos ocupa, tanto los inversionistas extranjeros (incluyendo salvadoreños residiendo en el exterior) como la nación salvadoreña salen mutuamente beneficiados (la sana estrategia del “ganar – ganar”) y, por lo tanto, los primeros tienen la garantía de una asistencia y acompañamiento leal, confiable y transparente, desde el principio hasta el final del proceso.

Específicamente, PROESA les brinda un panorama detallado de todas las oportunidades de inversión dentro del país y por sectores específicos, e incluso les proporciona una Guía del inversionista muy bien elaborada, detallada y actualizada en cuanto a sus contenidos, de la cual he extraído la mayoría de información aquí relacionada.

Cuando los inversionistas toman la decisión de constituir una empresa de inversión en El Salvador, PROESA les apoya y guía de manera integral  en los procesos de su establecimiento y su posterior expansión. Para tales efectos:

  • Ayuda en la elaboración de agendas específicas para sus visitas exploratorias al país;
  • Brinda información y estadísticas confiables sobre factibilidades reales de inversión y hasta de nuevas oportunidades para hacer negocios
  • Propone proyectos orientados a garantizar el mejor el clima de inversiones en el país.

 ¿Qué beneficios otorga El Salvador a los inversionistas?

  • Facilidades ostensibles en la tramitología gubernativa;
  • Igualdad de tratamiento y derechos para todos los inversionistas;
  • Libertad para realizar inversiones permitidas por la ley;
  • Facilidad y agilidad en la transferencia de fondos al exterior;
  • Trámites expeditos y seguros para obtención de residencia en El Salvador;
  • Libre acceso al financiamiento local, en condiciones de igualdad y equidad
  • Garantía de protección y seguridad para sus propiedades y bienes, todo conforme a la Ley de Inversiones.

Obviamente tenemos atractivos, firmes y seguros incentivos fiscales, con base a un conjunto de leyes que promueven y protegen la inversión, que forman parte del sistema legal del país y brindan beneficios interesantes a inversionistas locales y extranjeros, tales como:

1. Ley de Servicios Internacionales

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Proporciona verdaderos incentivos fiscales a todas aquellas empresas dedicadas a la prestación de servicios dirigidos a clientes extranjeros (servicios internacionales). Para gozar de estos beneficios las empresas deberán operar dentro de Parques de Servicios o en Centros de Servicios. Los primeros son áreas territorialmente delimitadas, donde por lo regular se establecen esta clase de empresas (tenemos cinco en el país); mientras que los segundos hacen referencia a empresas que, debido al giro específico de sus servicios y por razones físicas o técnicas, no pueden establecerse dentro de parques de servicios, las cuales son autorizadas para operar afuera, como Centros de Servicios y así gozar de los mismos incentivos de ley.

Exenciones tributarias

Entre los beneficios que otorga esta ley, tenemos las siguientes exenciones tributarias:

a) De derechos arancelarios y otros impuestos sobre la importación de maquinaria, equipo, herramientas, repuestos, accesorios, mobiliario y demás bienes, siempre que sean necesarios para la ejecución de la actividad incentivada;

b) Del impuesto sobre la renta sobre los ingresos provenientes de la actividad incentivada, durante el período que realice sus operaciones en el país; y,

c) De impuestos municipales sobre el activo de la empresa, durante el período en que realice operaciones en el país.

Actividades incentivadas

Entre las actividades incentivadas por esta ley, tenemos:

a) Para operar solo en Parques de Servicios: Distribución Internacional, Operaciones Internacionales de Logística, Tecnologías de Información, Investigación y Desarrollo, Servicios Financieros Internacionales y Reparación de Equipos Tecnológicos y Cinematografía (Servicios de Postproducción realizados a un Material Grabado);

b) Para operar en Parques o Centros de Servicios: Centros Internacionales de Llamadas (Call Center o Contact Center); Procesos Empresariales (BPO); Servicios Médico – Hospitalarios a Extranjeros; Atención a Ancianos y Convalecientes Extranjeros; y Telemedicina; y,

c) Para operar sólo en puertos, aeropuertos o territorios aduaneros: Reparación y Mantenimiento de: Aeronaves, Embarcaciones Marítimas o Contenedores.

2. Ley de Zonas Francas

Fabrica Brassieres JCQ

Regula y ofrece incentivos fiscales a empresas exportadoras de bienes – nacionales o extranjeras – que se deben establecer dentro de Zonas Francas (hay 17 en el país) o en Depósito para Perfeccionamiento Activo (DPA).

Exenciones tributarias:

a) De derechos arancelarios y demás impuestos a la importación de maquinaria y equipo necesario para la producción exportable durante el período en que realicen sus operaciones;

b) De derechos arancelarios y demás impuestos a la importación de materias primas y demás enseres necesarios para la ejecución de la actividad incentivada durante el período en que realicen sus operaciones;

c) De derechos arancelarios y demás impuestos de lubricantes, combustibles y otras sustancias necesarias para la actividad productiva durante el período en que realicen sus operaciones;

d) Del impuesto sobre transferencia de bienes raíces, por la adquisición de aquellos inmuebles que se utilizarán en la actividad promovida; y,

e) Del impuesto sobre la renta y de los respectivos impuestos municipales, de acuerdo a las tablas y parámetros que relacionaremos en la segunda parte de este artículo.

Sigue este artículo: ¿Cómo invertir con seguridad en El Salvador? Parte II 

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